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Gobierno Corporativo

Deberes de administradores

Sos director o administrador, o vas a asumir ese rol, y necesitás entender qué se espera de tu conducta y cómo se configura tu responsabilidad frente a la sociedad y terceros.

En una línea

Esta página explica los deberes y el régimen de responsabilidad de administradores de sociedades. No cubre la designación registral de autoridades ni la responsabilidad penal empresaria de la persona jurídica, tratada en la sección de programa de integridad.

Primeros pasos

Lealtad y diligencia como estándar de conducta

El artículo 59 de la LGS establece que los administradores y representantes deben obrar con la lealtad y la diligencia de un buen hombre de negocios. Este estándar exige actuar en interés de la sociedad, con la debida información y evitando situaciones de conflicto.

El deber de lealtad impone anteponer el interés social al propio, abstenerse de aprovechar oportunidades de negocio de la sociedad y transparentar los conflictos de interés. El deber de diligencia exige adoptar decisiones informadas y con el cuidado propio de un administrador prudente.

Régimen de responsabilidad

El artículo 274 de la LGS regula la responsabilidad de los directores, que responden ilimitada y solidariamente frente a la sociedad, los accionistas y los terceros por el mal desempeño de su cargo, la violación de la ley, el estatuto o el reglamento, y por cualquier daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave.

La norma prevé mecanismos de asignación de funciones y de exención de responsabilidad para el director que dejó constancia de su oposición y dio noticia al síndico. Documentar la actuación de cada integrante es esencial para delimitar responsabilidades.

Cómo reducir la exposición

Actuar con información suficiente, dejar registro de deliberaciones y votos, gestionar los conflictos de interés y respetar las competencias del órgano son las principales herramientas para acreditar diligencia. La existencia de comités y de un programa de integridad refuerza ese marco.

El asesoramiento preventivo permite anticipar situaciones de riesgo y definir protocolos de actuación antes de que se conviertan en contingencias.

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el estándar de conducta de un administrador?
El artículo 59 de la LGS exige obrar con la lealtad y la diligencia de un buen hombre de negocios, es decir, actuar de forma informada y en interés de la sociedad.
¿Cómo responden los directores?
Según el artículo 274 de la LGS, responden ilimitada y solidariamente frente a la sociedad, los accionistas y terceros por mal desempeño, violación de la ley o el estatuto, dolo, abuso o culpa grave.
¿Un director puede eximirse de responsabilidad?
La LGS prevé la exención para el director que participó en la decisión pero dejó constancia escrita de su oposición y dio noticia al síndico, entre otros supuestos.
¿La asignación de funciones limita la responsabilidad?
Puede incidir en su graduación, pero no exime automáticamente. La actuación de cada director se evalúa según su intervención y diligencia concretas.
Esta página es informativa y no reemplaza el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. No implica promesa de resultados.

Protegé tu actuación como administrador

Asesoramos a directores y administradores sobre sus deberes y su exposición a responsabilidad. Escribinos para una consulta preventiva.

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