Acuerdos y prácticas prohibidas
- Art. 1 — Cláusula general anticompetitiva e interés económico general
- Art. 2 — Carteles duros y prácticas absolutamente restrictivas
- Art. 3 — Prácticas restrictivas sujetas a análisis competitivo
- Art. 4 — Ámbito subjetivo, territorial y primacía de la realidad económica
Posición dominante
Concentraciones económicas
- Art. 7 — Concepto de concentración económica
- Art. 8 — Test sustantivo de control de concentraciones
- Art. 9 — Umbral, obligación de notificar y régimen transitorio vigente
- Art. 10 — Opinión consultiva, investigación de operaciones no notificadas y procedimiento sumario
- Art. 11 — Exenciones a la notificación obligatoria
- Art. 12 — Información para notificar concentraciones
- Art. 13 — Confidencialidad y publicidad de concentraciones
- Art. 14 — Decisión sobre concentraciones, objeciones y remedios
- Art. 15 — Autorización tácita
- Art. 16 — Estabilidad de la autorización y fraude informativo
- Art. 17 — Coordinación con entes reguladores
Autoridad Nacional de la Competencia
- Art. 18 — Creación y estructura de la Autoridad Nacional de la Competencia
- Art. 19 — Idoneidad, dedicación e incompatibilidades
- Art. 20 — Concurso y selección de autoridades
- Art. 21 — Publicidad de candidatos
- Art. 22 — Observaciones ciudadanas a candidatos
- Art. 23 — Acuerdo del Senado y nombramientos en comisión
- Art. 24 — Duración, renovación y remoción
- Art. 25 — Cese y vacancias
- Art. 26 — Causales de remoción
- Art. 27 — Suspensión preventiva por procesamiento firme
- Art. 28 — Composición y facultades del Tribunal
- Art. 29 — Permisos excepcionales para acuerdos del artículo 2
- Art. 30 — Secretaría de Instrucción de Conductas Anticompetitivas
- Art. 31 — Secretaría de Concentraciones Económicas
- Art. 32 — Facultades comunes de los Secretarios
Presupuesto
Procedimiento
- Art. 34 — Inicio, publicidad para las partes y reserva frente a terceros
- Art. 35 — Ratificación de denuncia y diligencias preliminares
- Art. 36 — Cómputo de plazos
- Art. 37 — Contenido mínimo de la denuncia
- Art. 38 — Traslado inicial al presunto responsable
- Art. 39 — Apertura del sumario y medidas instructorias
- Art. 40 — Archivo por explicaciones satisfactorias o falta de mérito
- Art. 41 — Imputación y descargo
- Art. 42 — Prueba y recursos de reposición/reconsideración
- Art. 43 — Alegatos y plazo para resolver
- Art. 44 — Medidas preventivas y tutela anticipada de la competencia
- Art. 45 — Compromisos de cese
- Art. 46 — Aclaratoria
- Art. 47 — Facultad de convocar audiencia pública
- Art. 48 — Contenido de la convocatoria a audiencia
- Art. 49 — Antelación de la audiencia
- Art. 50 — Publicidad de la audiencia pública
- Art. 51 — Partes coadyuvantes
- Art. 52 — Dictámenes de expertos
- Art. 53 — Publicación de sanciones firmes
- Art. 54 — Falsa denuncia
Sanciones
- Art. 55 — Catálogo y cuantificación de sanciones
- Art. 56 — Criterios de graduación de multas
- Art. 57 — Imputación de conductas a personas jurídicas
- Art. 58 — Responsabilidad de administradores y controlantes
- Art. 59 — Obstrucción y desobediencia a requerimientos
Programa de clemencia
- Art. 60 — Clemencia: exención, reducción y marcadores
- Art. 61 — Clemencia individual y efectos penales
Reparación de daños y perjuicios
- Art. 62 — Acción privada de daños
- Art. 63 — Efecto de cosa juzgada de la decisión firme
- Art. 64 — Multa civil a favor del damnificado
- Art. 65 — Solidaridad y límites para beneficiarios de clemencia
Apelaciones
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
- Art. 68 — Creación de la Sala Especializada
- Art. 69 — Integración de la Sala Especializada
- Art. 70 — Competencia de la Sala Especializada
- Art. 71 — Cargos judiciales y transición
Prescripción
Fomento de la competencia
- Art. 74 — Programas públicos procompetitivos
- Art. 75 — Capacitación con el Ministerio Público
- Art. 76 — Indicadores de competencia y consumidores
- Art. 77 — Advocacy frente a normas y regulación pública
- Art. 78 — Informe anual sobre competencia
Disposiciones finales
- Art. 79 — Derecho supletorio y exclusión de la Ley 19.549
- Art. 80 — Derogaciones y transición institucional
- Art. 81 — Expedientes de concentraciones del régimen anterior
- Art. 82 — Concentración de competencia en la ANC
- Art. 83 — Mandato de reglamentación y primera integración
- Art. 84 — Transición al control previo de concentraciones
- Art. 85 — Unidad Móvil
- Art. 86 — Defensor Adjunto de la Competencia y los Consumidores
Cláusulas transitorias — Competencia minorista
- Art. 87 — Comisión redactora sobre competencia minorista
- Art. 88 — Contenido mínimo del proyecto de competencia minorista
- Art. 89 — Apoyo administrativo a la comisión redactora
- Art. 90 — Secretaría e implementación de la comisión redactora
- Art. 91 — Plazo para elevar el anteproyecto
- Art. 92 — Comunicación al Poder Ejecutivo
El texto oficial de cada artículo se cita de la fuente oficial (Argentina.gob.ar).
¿Una investigación o notificación ante la autoridad de competencia?
El estudio tiene su sede central en Buenos Aires (Argentina) y brinda asesoramiento a clientes de todo el mundo.
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