Extensión del régimen por decisión del BCRA (art. 3 Ley 21.526)
Autoriza al BCRA a aplicar la Ley a sujetos no comprendidos expresamente cuando el volumen de sus operaciones o razones de política monetaria y crediticia lo justifiquen.
Qué regula el artículo 3
Autoriza al BCRA a aplicar la Ley a sujetos no comprendidos expresamente cuando el volumen de sus operaciones o razones de política monetaria y crediticia lo justifiquen.
Las disposiciones de la presente Ley podrán aplicarse a personas y entidades públicas y privadas no comprendidas expresamente en ella, cuando a juicio del Banco Central de la República Argentina lo aconsejen el volúmen de sus operaciones y razones de política monetaria y crediticia.
Fuente: Ley 21.526, art. 3 — Texto actualizado (Argentina.gob.ar)
Comentario
Es una cláusula de extensión regulatoria destinada a impedir zonas grises. Su aplicación exige una decisión fundada del BCRA y debe vincularse con la dimensión o incidencia financiera de la actividad, no con una mera semejanza superficial con un banco.
Preguntas para profundizar
¿Cuál es la regla central de este artículo?
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