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Ley 21.526 · Artículo 53 — Privilegios del BCRA y excepciones

Privilegios del BCRA y excepciones (art. 53 Ley 21.526)

Reconoce privilegio a créditos del BCRA, pero establece precedencia para determinados créditos con garantía especial, créditos laborales y créditos de depositantes conforme al régimen legal.

Fuente: Ley 21.526

Qué regula el artículo 53

Reconoce privilegio a créditos del BCRA, pero establece precedencia para determinados créditos con garantía especial, créditos laborales y créditos de depositantes conforme al régimen legal.

Texto oficial · Ley 21.526, art. 53

Los fondos asignados por el Banco Central de la República Argentina y los pagos efectuados en virtud de convenios de créditos recíprocos o por cualquier otro concepto y sus intereses, le serán satisfechos a éste con privilegio absoluto por sobre todos los demás créditos, con las siguientes excepciones en el orden de prelación que sigue:

a) Los créditos con privilegio especial por causa de hipoteca, prenda y los créditos otorgados conforme a lo previsto por el artículo 17 incisos b) c) y f) de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, en la extensión de sus respectivos ordenamientos. Los créditos otorgados por el Fondo de Liquidez Bancaria (FLB) creado por el Decreto Nº 32 del 26 de diciembre de 2001, garantizados por prenda o hipoteca, gozarán de idéntico privilegio. (Inciso sustituido por art. 15 de la Ley N° 25.562 B.O. 8/2/2002)

b) Los créditos privilegiados emergentes de las relaciones laborales, comprendidos en el artículo 268 de la Ley 20.744 y sus modificatorias. Gozarán del mismo privilegio los intereses que se devenguen por las acreencias precedentemente expuestas, hasta su cancelación total.

c) Los créditos de los depositantes de acuerdo con lo previsto en el artículo 49, inciso e), apartados i) e ii). (Inciso sustituido por art. 12 de la Ley N° 25.780 B.O. 8/9/2003. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, ver aplicación art. 20 de la misma norma).

Fuente: Ley 21.526, art. 53 — Texto actualizado (Argentina.gob.ar)

Comentario

La norma equilibra la protección del prestamista de última instancia con categorías especialmente protegidas. Su lectura debe hacerse conjuntamente con los artículos 49 y 35 bis y con las reglas vigentes del seguro de depósitos.

Preguntas para profundizar

¿Cuál es la regla central de este artículo?
Reconoce privilegio a créditos del BCRA, pero establece precedencia para determinados créditos con garantía especial, créditos laborales y créditos de depositantes conforme al régimen legal.
¿Por qué es importante en la práctica?
La norma equilibra la protección del prestamista de última instancia con categorías especialmente protegidas. Su lectura debe hacerse conjuntamente con los artículos 49 y 35 bis y con las reglas vigentes del seguro de depósitos.
Esta página es de carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni reemplaza una consulta profesional. Cita el texto oficial de la norma; para su aplicación a un caso concreto, consulte a un profesional matriculado.

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