Blasco SchneiderBiblioteca jurídica
Inicio›Biblioteca›Ley 21.526›Art. 64
Ley 21.526 · Artículo 64 — Remisiones a sanciones del régimen anterior

Remisiones a sanciones del régimen anterior (art. 64 Ley 21.526)

Dispone cómo deben interpretarse referencias de otras leyes a las sanciones previstas en la antigua Ley 18.061.

Fuente: Ley 21.526

Qué regula el artículo 64

Dispone cómo deben interpretarse referencias de otras leyes a las sanciones previstas en la antigua Ley 18.061.

Texto oficial · Ley 21.526, art. 64

Las remisiones contenidas en las Leyes 18.024 y 19.130 u otras disposiciones legales respecto de las sanciones previstas en la Ley 18.061, mantendrán vigencia o se entenderán en los sucesivo referidas a la presente Ley, según corresponda.

Fuente: Ley 21.526, art. 64 — Texto actualizado (Argentina.gob.ar)

Comentario

Es una regla de continuidad normativa destinada a evitar vacíos por cambio de legislación. Las remisiones deben entenderse hoy dentro del régimen sancionatorio vigente de la Ley 21.526.

Preguntas para profundizar

¿Cuál es la regla central de este artículo?
Dispone cómo deben interpretarse referencias de otras leyes a las sanciones previstas en la antigua Ley 18.061.
¿Por qué es importante en la práctica?
Es una regla de continuidad normativa destinada a evitar vacíos por cambio de legislación. Las remisiones deben entenderse hoy dentro del régimen sancionatorio vigente de la Ley 21.526.
Esta página es de carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni reemplaza una consulta profesional. Cita el texto oficial de la norma; para su aplicación a un caso concreto, consulte a un profesional matriculado.

¿Necesitás asesoramiento sobre regulación de entidades financieras?

El estudio tiene su sede central en Buenos Aires (Argentina) y brinda asesoramiento a clientes de todo el mundo.

Consultar al estudio