Ley 21.526 · Artículo 66 — Entrada en vigencia
Entrada en vigencia (art. 66 Ley 21.526)
Vinculó la entrada en vigor de la Ley con la aplicación de la Ley 21.495 sobre descentralización de depósitos.
Qué regula el artículo 66
Vinculó la entrada en vigor de la Ley con la aplicación de la Ley 21.495 sobre descentralización de depósitos.
Texto oficial · Ley 21.526, art. 66
La presente Ley comenzará a regir desde la fecha de aplicación de la Ley 21.495 sobre descentralización de los depósitos en las entidades financieras.
Fuente: Ley 21.526, art. 66 — Texto actualizado (Argentina.gob.ar)
Comentario
Es una norma temporal ya cumplida. Sirve para determinar la vigencia histórica del régimen y resolver, en casos antiguos, qué legislación resultaba aplicable a hechos ocurridos durante la transición.
Preguntas para profundizar
¿Cuál es la regla central de este artículo?
Vinculó la entrada en vigor de la Ley con la aplicación de la Ley 21.495 sobre descentralización de depósitos.
¿Por qué es importante en la práctica?
Es una norma temporal ya cumplida. Sirve para determinar la vigencia histórica del régimen y resolver, en casos antiguos, qué legislación resultaba aplicable a hechos ocurridos durante la transición.
Esta página es de carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni reemplaza una consulta profesional. Cita el texto oficial de la norma; para su aplicación a un caso concreto, consulte a un profesional matriculado.
¿Necesitás asesoramiento sobre regulación de entidades financieras?
El estudio tiene su sede central en Buenos Aires (Argentina) y brinda asesoramiento a clientes de todo el mundo.
Consultar al estudio